Distinguir los tipos de contribuyente que existen en nuestro sistema impositivo, te puede ayudar a entender por qué algunos de ellos pagan más o menos impuestos, o incluso no tienen la obligación de hacerlo cuando otros si. Acogerse a una u otra categoría impositiva cuando se inicia un negocio puede marcar una diferencia notable en los inicios, ya que cada categoría implica tener que pagar más o menos impuesto tener más o menos complejidad en el sistema contable y otras cosas más, así que es bueno tener claro de qué manera el Servicio de Impuestos Internos clasifica a sus contribuyentes y cómo los obliga de diferente manera. Veremos aquí en particular a los Contribuyentes de Primera y Segunda Categoría, con sus principales diferencias.
Qué son los contribuyentes
Todos los ciudadanos chilenos somos contribuyentes, incluyendo a las empresas que operan en el país, y los extranjeros que hayan obtenido la residencia definitiva. Los contribuyentes, dependiendo de si son personas naturales o jurídicas, se acogen a diferentes categorías. Así es como encontramos la primera y segunda categoría, quedando clasificados como siguen:
Contribuyentes de primera categoría
Todas las personas jurídicas son contribuyentes de primera categoría, aunque hay excepciones dentro de las personas naturales que facturan en algunos giros comerciales. Los contribuyentes de primera categoría son los que obtienen sus rentas de la explotación de capital, de empresas, que pueden ser de giros comerciales, mineras o industriales. Se puede decir que se acogen a esta categoría casi todas las personas jurídicas que clasifiquen con alguna actividad económica dentro de las mencionadas, y que están clasificadas con un número único en el libro de inicio de actividades del Servicio de Impuestos Internos.
Contribuyentes de segunda categoría
Quedan aquí las rentas obtenidas del trabajo, obtenidas por los trabajadores dependientes, los independientes que prestan servicios personales y personas con oficios varios que prestan servicios personales. Todas las personas naturales son contribuyentes de segunda categoría, lo que tiene como consecuencia, que obtienen una devolución anual íntegra de los impuestos que pagan por concepto de retenciones a sus honorarios anuales, equivalente al 10% de todas sus rentas. Además, la base imponible es distinta, y hay mas beneficios en ser este tipo de contribuyente que de primera categoría, donde se paga por las utilidades, las rentas y otros. Los contribuyentes de segunda categoría se benefician de no tener que pagar tantos impuestos sin posibilidad de devolución como los que pagan las empresas por concepto de utilidades.
Diferencias entre los contribuyentes de primera y segunda categoría
Entre las diferencias que encontramos entre contribuyentes de primera y segunda categoría, tenemos:
- La base de cálculo de los impuestos: Es distinta para los contribuyentes de primera y de segunda categoría y ambas tienen diferente complejidad. La base de cálculo de los impuestos de las personas es la más sencilla. Esto nos lleva a la siguiente diferencia.
- Complejidad contable: Las empresas, debido a que tienen un sistema tributario más complejo, aún con todas las facilidades que entrega el portal del Servicio de Impuestos Internos para declarar las rentas, hace necesario contratar un asesor contable, mientras que en el caso de los impuestos de primera categoría, cualquiera puede declarar sin necesidad de contratar un asesor.
- Periodicidad en la declaración: No es lo mismo declarar impuestos de primera que de segunda categoría. Los impuestos de Primera Categoría obligatoriamente tienen que hacerse de forma mensual y anual, mientras que los contribuyentes de Segunda Categoría tienen que hacer una declaración mensual optativa dependiendo de si están empleados o no, y anual que puede hacerse de forma muy intuitiva a través de un formato pre-hecho que envía el SII, siempre y cuando estén generando rentas también, caso contrario no es obligatorio que declaren todos los meses.
- Documentación contable: Los Contribuyentes de Primera Categoría deben pagar impuestos al valor agregado, presentar libros contables de compras y ventas mensuales, pagar impuesto a las utilidades y se pueden acoger a ciertos beneficios tributarios dependiendo de la facturación que tengan al año. Los de segunda categoría no necesitan presentar ningún respaldo de sus rentas, más allá de la declaración que se envía en línea, donde sólo los que emiten boletas deben detallarlas, y para fortuna de ellos, todas las boletas quedan en línea.
- Responsabilidad de declarar: Los Contribuyentes de Segunda Categoría, donde entran los profesionales y independientes que ejercen un oficio, pueden descansar en que la declaración de impuestos la hará su empresa cada mes. Los profesionales independientes que estén generando rentas, deben declarar todos los meses su formulario 22 con todos los movimientos que hayan hecho en el mes, ya sea con boletas o facturas, pagando los impuestos que corresponda.
- Pago de Cotizaciones: Los Contribuyentes de Segunda Categoría, cuando se trata de independientes a honorarios, pueden acogerse al no pago de cotizaciones previsionales por un año. Aunque a partir del año 2019 será obligatorio cotizar si o si, a menos que prorroguen ese deber otro año más.
- Actividades económicas exentas: Hay actividades económicas de primera y segunda categoría que son exentas del pago de impuestos. Si puedes acogerte a alguna de ellas porque se asemeja a tu actividad económica, es lo más propicio para no tener que complicarte con el pago de impuestos mensuales y anuales.